Ciudad El Tigre,
domingo 06 de enero de 2013
Ronny Padrón.
Democracia
Cristiana Hoy.
En
socialismo la Constitución es adorno.
Una afirmación nada
original pues luego de 14 años es una realidad, sin embargo es de interés
reflexionar sobre la necesidad de restaurar la vigencia constitucional y sobre
todo aquello que estamos dispuestos a ejecutar en tal sentido. Veamos.
En primer término la
vigencia de un texto constitucional conforma la base para propender a una
convivencia nacional armoniosa, lo que en modo alguno significa una garantía
para alcanzar tal modo de vida, pero sí lo es de un esfuerzo estatal y del
colectivo en pro de su consecución, sin embargo cuando de facto un régimen en
gobierno se atreve a anular incluso esta
expectativa de derecho, da lugar a un estado de cosas como el que se padece en
Venezuela a partir del 11 de abril de 2002.
Porque todos los
índices socio-económicos científicamente reconocidos certifican el fracaso del
Estado socialista en su gestión de 14 años, incluyendo aquellas áreas donde el
beneficio de las cifras no justifican la inversión dineraria realizada, tal es
el caso del publicitado índice de pobreza nacional, donde Venezuela se ve
superada por países que como Chile están lejos de la capacidad financiera de
ésta la patria de Simón Bolívar.
De allí que, el
proceso de anarquía progresiva vigente en Venezuela, ¨in crescendo¨ a partir de la ausencia temporal del teniente coronel
Chávez, requiere de una terminación, caso contrario perderemos incluso nuestra
condición de República para degradar a un status similar al de la isla-cárcel
Cuba.
Como de lo anterior
no requerimos de mayor explicación por constituir un hecho público, notorio y
comunicacional pasaremos a un punto de mayor complejidad. El que hacer y el
cómo.
En anteriores
oportunidades nos hemos referido a los mecanismos establecidos en la propia
Constitución de Venezuela para garantizar la restitución de su plena vigencia
una vez derogada esta por medios
distintos a los contemplados en su texto. Entre tales mecanismos destacan: La
vía electoral, las causales de falta absoluta de quien usurpe el poder político
y las manifestaciones públicas pacíficas; dispositivos varios que dispersos en
la Carta Magna configuran incluso instituciones políticas como la rebelión
popular consagrada formalmente en el artículo 350.
Todo lo anterior, de
eficacia comprobada en otras latitudes, requiere como es lógico de un núcleo
organizado en capacidad de liderar tales procesos de restitución
constitucional. En Venezuela tenemos una Mesa de la Unidad Democrática (MUD)
estatutariamente constituida a tales efectos sin embargo resulta obvio que desde su conformación
en fecha 8 de junio de 2009 en la ciudad de Caracas, a la fecha presente, su
accionar político incluyendo los eventos comiciales celebrados, sólo ha servido
para legitimar ante el mundo un régimen político en gobierno absolutamente
ilegítimo desde aquel 11 de abril.
Por consiguiente, el
hecho de que en la actualidad el responsable del prenombrado régimen, teniente
coronel Hugo Chávez se encuentre fuera del territorio nacional por causas
objetivamente desconocidas por los venezolanos, no existiendo siquiera certeza
sobre su estado de salud, incluso se
ignora su condición real de persona con vida, todo ello en medio de una
inminente crisis socio-económica que se atisba sin precedentes, gobernados hoy
día por unos apoderados del militar ausente que pretenden públicamente
sostenerse en el poder a contracorriente de la Carta Magna; es el caso, que si
para el próximo 10 de enero, fecha constitucionalmente establecida para el
inicio del nuevo periodo presidencial, el teniente coronel Hugo Chávez no hace
formal acto de presencia ante la Asamblea Nacional o en su defecto ante el
Tribunal Supremo de Justicia a los fines de su juramentación, y en caso que tal
ausencia no da lugar a un proceso constitucional para verificar su estado de
salud, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, a
partir de esa eventualidad tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento
de la efectiva vigencia de la Constitución de Venezuela. ORA y LABORA.
No hay comentarios:
Publicar un comentario