jueves, 10 de enero de 2013


Ciudad El Tigre, domingo 06 de enero de 2013

Ronny Padrón.

Democracia Cristiana Hoy.

En socialismo la Constitución es adorno.

Una afirmación nada original pues luego de 14 años es una realidad, sin embargo es de interés reflexionar sobre la necesidad de restaurar la vigencia constitucional y sobre todo aquello que estamos dispuestos a ejecutar en tal sentido. Veamos.

En primer término la vigencia de un texto constitucional conforma la base para propender a una convivencia nacional armoniosa, lo que en modo alguno significa una garantía para alcanzar tal modo de vida, pero sí lo es de un esfuerzo estatal y del colectivo en pro de su consecución, sin embargo cuando de facto un régimen en gobierno se atreve a anular  incluso esta expectativa de derecho, da lugar a un estado de cosas como el que se padece en Venezuela a partir del 11 de abril de 2002.

Porque todos los índices socio-económicos científicamente reconocidos certifican el fracaso del Estado socialista en su gestión de 14 años, incluyendo aquellas áreas donde el beneficio de las cifras no justifican la inversión dineraria realizada, tal es el caso del publicitado índice de pobreza nacional, donde Venezuela se ve superada por países que como Chile están lejos de la capacidad financiera de ésta la patria de Simón Bolívar.

De allí que, el proceso de anarquía progresiva vigente en Venezuela, ¨in crescendo¨ a partir de la ausencia temporal del teniente coronel Chávez, requiere de una terminación, caso contrario perderemos incluso nuestra condición de República para degradar a un status similar al de la isla-cárcel Cuba.

Como de lo anterior no requerimos de mayor explicación por constituir un hecho público, notorio y comunicacional pasaremos a un punto de mayor complejidad. El que hacer y el cómo.

En anteriores oportunidades nos hemos referido a los mecanismos establecidos en la propia Constitución de Venezuela para garantizar la restitución de su plena vigencia una vez derogada esta  por medios distintos a los contemplados en su texto. Entre tales mecanismos destacan: La vía electoral, las causales de falta absoluta de quien usurpe el poder político y las manifestaciones públicas pacíficas; dispositivos varios que dispersos en la Carta Magna configuran incluso instituciones políticas como la rebelión popular consagrada formalmente en el artículo 350.

Todo lo anterior, de eficacia comprobada en otras latitudes, requiere como es lógico de un núcleo organizado en capacidad de liderar tales procesos de restitución constitucional. En Venezuela tenemos una Mesa de la Unidad Democrática (MUD) estatutariamente constituida a tales efectos  sin embargo resulta obvio que desde su conformación en fecha 8 de junio de 2009 en la ciudad de Caracas, a la fecha presente, su accionar político incluyendo los eventos comiciales celebrados, sólo ha servido para legitimar ante el mundo un régimen político en gobierno absolutamente ilegítimo desde aquel 11 de abril.

Por consiguiente, el hecho de que en la actualidad el responsable del prenombrado régimen, teniente coronel Hugo Chávez se encuentre fuera del territorio nacional por causas objetivamente desconocidas por los venezolanos, no existiendo siquiera certeza sobre su estado de salud,  incluso se ignora su condición real de persona con vida, todo ello en medio de una inminente crisis socio-económica que se atisba sin precedentes, gobernados hoy día por unos apoderados del militar ausente que pretenden públicamente sostenerse en el poder a contracorriente de la Carta Magna; es el caso, que si para el próximo 10 de enero, fecha constitucionalmente establecida para el inicio del nuevo periodo presidencial, el teniente coronel Hugo Chávez no hace formal acto de presencia ante la Asamblea Nacional o en su defecto ante el Tribunal Supremo de Justicia a los fines de su juramentación, y en caso que tal ausencia no da lugar a un proceso constitucional para verificar su estado de salud, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, a partir de esa eventualidad tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de la efectiva vigencia de la Constitución de Venezuela. ORA y LABORA.


 

 

 

 

 

 

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