domingo, 29 de agosto de 2010

Ante el problema de la infraestructura en Anzoátegui.

Ronny Padrón.
Democracia Cristiana Hoy.

Ante el problema de la infraestructura en Anzoátegui.


En términos generales se entiende que todo el conjunto de elementos y servicios necesarios para la creación y funcionamiento de una sociedad organizada, es competencia del Estado garantizarla, y a objeto de la mayor economía y eficiencia en la ejecución de tal competencia, se estima que las entidades federales, personas jurídicas públicas plenas, deben asumir parte de esa labor en materia de infraestructura pública.


En tal sentido, la Carta Magna vigente en su artículo 164, señala como competencia exclusiva de las entidades federales entre otras: ordinal 8. La creación, régimen y organización de los servicios públicos estadales. Ordinal 9. La ejecución, conservación, administración y aprovechamiento de las vías terrestres estadales. Ordinal 10. La conservación, administración y aprovechamiento de carreteras y autopistas nacionales, así como de puertos y aeropuertos de uso comercial, en coordinación con el Ejecutivo Nacional.


Dicho lo anterior, y poniendo en perspectiva la deficiente condición en que se halla la infraestructura pública de esta entidad federal, grave obstáculo para el desarrollo integral de Anzoátegui, es menester plantearse a profundidad los correctivos necesarios teniendo por norte un nuevo modelo político para Anzoátegui.
Frente a este reto, la Democracia Cristiana como ideología política, concibe el diseño de un poder público estadal que en cabal ejecución de la Carta Magna se constituya en instrumento eficiente de servicio público para el anzoatiguense.


En consonancia con tal orientación, la gobernación como órgano del poder ejecutivo estadal deberá concentrarse en la cabal ejecución de aquellas competencias que le corresponden conforme a su naturaleza jurídico-política: El gobierno y la administración del patrimonio público estadal, y cediendo conforme a la ley, la prestación directa de los servicios públicos estadales a empresas particulares.


Salvo aquellos servicios públicos que por razones de seguridad nacional deban ser directamente prestados por el órgano ejecutivo estadal, verbigracia: La seguridad pública; debe ser la empresa privada nacional o extranjera quien prestare a través de contratos de concesión los restantes servicios constitutivos de la infraestructura pública en la entidad.


Como dudar hoy día que la ejecución, conservación, administración y aprovechamiento de las vías terrestres estadales, seria competencia mejor desarrollada por una empresa privada especializada. Otro tanto podríamos referir en materia de salud y educación públicas. El éxito de la Democracia Cristiana y su modelo de economía social de mercado aplicado en Alemania nos da pie para comenzar. ORA y LABORA.
caballeropercival@cantv.net

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